El INADI consideró que la AFA 'discrimina' a los equipos del ascenso, a cuyos simpatizantes les prohíbe concurrir a presenciar los partidos que disputen como visitantes.
Según el dictamen 105/08, firmado por la titular del organismo, María José Lubertino, es 'discriminatoria la Resolución del Comité Ejecutivo de la AFA (publicada en el Boletín Nº 4047 de julio de 2007), por la cual se restringe en un 50 por ciento el ingreso de simpatizantes visitantes a los estadios para partidos de fútbol de los torneos de la Primera División, mientras que prohíbe la presencia del público visitante para los torneos del Ascenso'.
'El impedimento generalizante del ingreso de la totalidad de los hinchas por su calidad de 'visitantes', sin tener en cuenta la diferenciación entre víctimas o victimarios de tales hechos de violencia, conlleva a una 'distinción carente de justificación objetiva y razonable', por lo cual, discriminatoria', sostiene el pronunciamiento del INADI.
El planteo fue realizado por simpatizantes de equipos del Ascenso, que también intentaron sin éxito cuestionar la decisión de la AFA por la vía judicial.
'Hemos considerado que los hechos descriptos por los denunciantes se encuadran en los términos de la ley 23.592 de Actos Discriminatorios y que la AFA debería adecuar su conducta a fin de velar tanto por la seguridad en los encuentros deportivos, como por el principio de no discriminación', subrayó el dictamen del INADI.
Según Lubertino, no existe 'una razonable relación de proporcionalidad entre los medios empleados y la finalidad perseguida', lo que deriva en 'una conducta discriminatoria si dicha medida se prolonga en el tiempo, debido a que se ha englobado en forma ilegítima y generalizante a un universo indeterminado de personas'.
El dictamen considera que existe 'una conducta discriminatoria contra dichas personas, al abarcarlas dentro de un estereotipo negativo de peligrosidad'.